Cómo calcular mi liquidación en Perú por despido o renuncia

Cómo calcular mi liquidación en Perú por despido o renuncia

En estos tiempos donde el trabajo no se caracteriza precisamente por durar mucho, es importante que un trabajador dependiente sepa cuánto le corresponde por su liquidación.

¿Qué es la liquidación?

Es el pago que se entrega a un trabajador una vez que la relación con la empresa ha terminado. En tal caso, el empleador debe efectuar el pago dentro de las 48 horas de producido el cese laboral.

¿Qué sucede si no se paga a tiempo?

Si la empresa no paga la liquidación en el plazo correspondiente, el trabajador tiene la opción de recurrir a un proceso legal. En tal situación, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral se encarga del proceso. También puede acudir a un proceso conciliatorio en el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo. Otra opción es acudir al poder Judicial.

¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para tener derecho a la liquidación?

  • Estar registrado en la planilla
  • Tener como mínimo un mes de vínculo laboral
  • Para el cálculo de las gratificaciones, debe tener un mes calendario de labores
  • Tener una jornada mínima de 4 horas diarias en promedios para el cálculo de la CTS.

 ¿Qué componentes forman parte de la liquidación?

Los componentes que forman parte de una liquidación, según el Ministerio de Trabajo, son:

  • La remuneración pendiente, por los días que el trabajador ha laborado en el periodo que aún no ha sido cobrado.
  • La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) trunca
  • Las vacaciones truncas
  • Las gratificaciones truncas
  • Las utilidades truncas
  • Asignación familiar
  • Horas extras truncas.

Cómo hacer el calculo de liquidación Perú

¿Cómo calcular la CTS en la liquidación?

Cada componente de la liquidación tiene una fórmula que da un resultado para obtener la liquidación total. Observa.

Compensación por tiempo de servicios (CTS)

Se calcula sumando la remuneración mensual (RM) más una sexta parte de la gratificación. El resultado (R) debes dividirlo entre 360 y multiplicarlo por los días laborados.

Ejemplo

Si un trabajador ganó el mínimo S/ 1,025 y laboró 180 días

RM + 1/6 = 1,196

1,196 / 360 = 3.32

3.32 × 180 = 598, sería su CTS

Vacaciones truncas

En este caso la remuneración mensual (RM) se divide entre 6. El resultado debes multiplicarlo por los días laborados. La fórmula es: RM / 360 = R × número de días laborados = Remuneración por vacaciones

Siguiendo con el ejemplo anterior:

1,025 / 6 = 170.83

170 × 180 = 351, sería el monto por vacaciones truncas

Utilidades truncas

El porcentaje que debe abonar una empresa al trabajo varía según la actividad que realizar. De acuerdo con el D.L. 892, las actividades pesqueras deben abonar el 10%, las empresas de telecomunicaciones y las empresas industriales 10%, empresas mineras el 8% y para otras actividades el 5%.

Asignación familiar

Según la ley 25129, los trabajadores que tengan a su cargo hijos menores de edad o que estén cursando estudios superiores les corresponde el 10% de la remuneración mínima mensual, que actualmente es 1,025 soles, según el D.S. 003-2022-TR. Por tanto, la asignación familiar actual es de 102 soles.

Horas Extras truncas

En este caso, el trabajador deberá demostrar las horas extras, que excedieron las 48 horas semanales. Si es así, por las dos primeras horas se pagan con el 25% de la remuneración ordinaria por hora. Si son más de dos horas, le corresponde el 35%. Para el computo de las horas extras, el sobretiempo puede darse antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida establecido por la empresa.

¿Con cuánto tiempo de anticipación el trabajador debe presentar su renuncia?

El trabajador que desea renunciar a su centro de labor debe hacerlo con un preaviso de 30 días, según lo establece la ley.

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