Cómo saber si tengo denuncias con mi DNI en Perú

Cómo saber si tengo denuncias con mi DNI en Perú

El Ministerio Público es el titular de la acción penal, que lo ejercita de oficio o de parte, por tanto, si quieres conocer alguna denuncia en tu contra tienes que ingresar a su plataforma virtual con tu DNI.

¿Cómo saber si tengo denuncias con mi DNI en el Perú?

Para conocer si tienes alguna denuncia en tu contra, ingresa al portal del Ministerio Público, de esta forma:

  • Ingresa a www.gob.pe/mpfn
  • Ingresa a “Seguimiento de denuncia”
  • Introduce el número de tu DNI
  • Selecciona el año de registro de la denuncia. Si la denuncia fue registrada antes del 8 de agosto del 2015, marcar casilla de activación
  • Presiona el botón “Consultar”

Se desplegará una ventana con los siguientes resultados:

  • Número de la Denuncia
  • Apellidos y Nombres del denunciante
  • Tipo de documento del denunciante
  • Número de documento del denunciante
  • Fecha de la Denuncia, la fecha de registro de la denuncia
  • El ultimo estado en el cual se encuentra la denuncia.

¿Qué hago si tengo una denuncia penal?

Si tienes una denuncia, lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con un abogado, porque el derecho penal es una de las ramas del derecho que más consecuencias puede traer a la vida personal de cualquier persona.

¿Y si la denuncia incluye detención?

En el caso de que hubiera una detención y se te llevaran a comisaría, tienes derecho a llamar a tu abogado.

DENUNCIA PENAL

¿Qué es una denuncia penal?

Es el acto de poner en conocimiento ante la autoridad el hecho por el cual tú o un familiar tuyo o un allegado ha resultado víctima de un delito.

¿Cómo se realiza una denuncia penal?

La denuncia puede ser escrita o verbal.

  • Si es escrita, debe tener la identificación del denunciante, narración detallada y veraz de los hechos, identificación del presunto responsable, la firma del denunciante y la impresión de su huella digital.
  • Si la denuncia es verbal, sea ante el Ministerio Público o la Policía, se debe obtener la mayor información posible para orientar la investigación, todo ello se registra en un acta, que de preferencia debe contener: la indicación del lugar, año, mes, día, hora, del hecho, dirección exacta del denunciante, número telefónico, datos de identificación y ubicación del denunciado, entre otros.

¿Cuál es la acción de la Policía ante una denuncia?

La Fiscalía requiere el informe policial, donde deben constar los antecedentes de su intervención, las diligencias realizadas y el análisis de los hechos investigados. No compete a la Policía calificar jurídicamente los hechos o imputar responsabilidades.

¿Ante qué autoridad se formula una denuncia?

La denuncia puede formularse ante la Policía o la Fiscalía. Cuando la Policía tiene conocimiento de un delito, debe ponerla en conocimiento inmediatamente a la Fiscalía.

¿Quiénes pueden formular una denuncia?

Están obligados a denunciar.

  • Los profesionales de la salud.
  • Los profesores de un centro educativo.
  • Los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.

No están obligados a denunciar

  • La esposa, hijos, padres, hermanos, tíos y primos del inculpado.
  • Los amparados bajo el secreto profesional.

Sin embargo, pueden hacerlo sí así lo deciden.

¿Qué efectos genera la formulación de una denuncia?

Una denuncia puede generar tres efectos:

Inicio de una investigación.

Con el objetivo de recopilar elementos de convicción que demuestren los hechos constitutivos de delito

Derivación de la denuncia a la autoridad competente.

Cuando la fiscalía considera que el hecho denunciado no constituye delito, o no corresponde a su competencia.

Archivamiento de la denuncia.

  • Se produce, cuando:
  • El hecho no constituye delito.
  • El hecho no es justiciable penalmente.
  • Se presentan causas de extinción de la acción penal.
  • En estos supuestos:
    • La disposición de archivo será redactada con lenguaje simple y comprensible para las partes.
    • Se notifica al denunciante y al denunciado dentro de las 24 horas, pone conocimiento de este último, para que el primero, de considerarlo necesario, la impugne ante el Fiscal Superior.

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